Asosiación Española de Agentes Forestales y MedioambientalesAsosiación Española de Agentes Forestales y Medioambientales

A la vista de la situación generada en Islas Baleares, por la que la Asociación de Agentes de Medio Ambiente de ese territorio expresa su opinión sobre las dañinas consecuencias para la preservación de los recursos naturales, con motivo de la entrada en vigor de la Ley Agraria, desde AEAFMA mostramos nuestra adhesión a los compañeros Agentes Medioambientales de Baleares.

LOS AGENTS DE MEDI AMBIENT DE BALEARS PREOCUPADOS POR LA POSIBLE INCIDENCIA DE LA LEY AGRARIA SOBRE LA CONSERVACIÓN DE LOS TERRENOS Y ESPECIES FORESTALES, expresan lo siguiente:

Los Agents de Medi Ambient contra la Ley Agraria BalearLa recién aprobada Ley Agraria de las Baleares supondrá una regulación y una oportunidad de mejora de las condiciones del sector agrario de nuestra comunidad autónoma.

Sorprendentemente, el texto legal incluye un capítulo entero dedicado a regular el aprovechamiento y la gestión forestal. Ya su preámbulo es toda una declaración de intenciones, calificando la normativa urbanística y medioambiental existente como restrictiva y prohibitiva, además de limitante del desarrollo del sector agrario. La pretenciosa nueva ley se autodefine como “…una ley con el objetivo de hacer frente al vacío legislativo, atender a los problemas del sector agrario balear y remover los obstáculos que, incomprensiblemente, la legislación territorial, urbanística y medioambiental de las Illes Balears ha puesto a la actividad agraria y complementaria.”

Entre los aspectos más graves de esta Ley Agraria destaca la elevada permisividad que representa en relación a los usos y aprovechamientos forestales. Bajo el título de uso propio y sin ningún tipo de autorización previa ni supervisión posterior, se podrá eliminar cualquier tipo de especie forestal no protegida, como, pinos, encinas, acebuches, madroños, enebros y sabinas, en cantidades absolutamente desproporcionadas. Permite talas de hasta 10 m3 de árboles, el equivalente en madera de encina a unos 6000 kg (45 árboles de 25 cm de diámetro o 110 árboles de 15 cm. de diámetro, aproximadamente). Cualquier especie forestal puede ser talada independientemente de su rareza, tamaño, ubicación o particularidad en cada una de las islas. No discrimina tampoco si la tala se produce en un espacio natural protegido o en una formación boscosa catalogada como por ejemplo los encinares. Tampoco existe ninguna restricción sobre la época del año en la que se pueden ejecutar. De esta forma, la tala de estas especies sin supervisión previa, podría provocar, por ejemplo, el abandono de nidos de especies catalogadas y un importante riesgo de incendios forestales provocado por el abandono de los restos de las talas. Con la nueva Ley el agricultor no deberá cumplir ninguna de las indicaciones que hasta ahora eran de obligado cumplimiento para evitar este riesgo.

Otro aspecto que preocupa a la Associació d’Agents de Medi Ambient de les Illes Balears es la ejecución de las recuperaciones de cultivo. Todas las superficies de menos de 30 años invadidas por la vegetación forestal podrán ser roturadas y rozadas por el propietario sin necesidad de autorización previa. Los bancales de más de 30 años podrán ser roturados siempre, a voluntad del propietario. Todo ello sin límite de extensión, independientemente del grado de consolidación, su viabilidad técnica o económica, la presencia de especies protegidas o catalogadas, la existencia de hábitats o especies de interés comunitario, la necesidad de obertura de viales, la pendiente, el riesgo de incendio o erosión, o su misma ubicación en un espacio natural de alto nivel de protección ya que anula el informe previo que debía emitir la propia Conselleria en aplicación de la LECO (Ley 5/2005 de 26 de mayo, de conservación de espacios de relevancia ambiental).

Con esta Ley bastará presentar una simple declaración responsable. No se realizará una inspección y posterior informe por parte de los Agentes de Medio Ambiente sobre el terreno, evaluando la viabilidad de esta recuperación de cultivo. Tampoco será necesario el informe realizado por los técnicos forestales de la Conselleria d’Agricultura, Medi Ambient i Territori comprobando, efectivamente, que la actuación es procedente.

Los Agents de Medi Ambient contra la Ley Agraria BalearEl sistema de autorización previa permitía hasta ahora al propietario contar con el asesoramiento gratuito de los Agentes de Medio Ambiente. Su supervisión, con indicaciones precisas y cualificadas acerca de la viabilidad técnica de la tala o la gestión correcta de los residuos vegetales, repercutía directamente en evitar el riesgo de incendios o la proliferación de plagas forestales y ayudaba al cumplimiento de la normativa sectorial, que continúa vigente. Incluso se evitaba que, por desconocimiento, se talaran ejemplares catalogados como Árbol Singular o especies protegidas.

La supervisión de los Agentes de Medio Ambiente en el terreno permite además el cumplimiento del objetivo básico de la Ley de Montes: la permanencia en el tiempo de la masa forestal. Si un propietario tala en una pequeña superficie forestal, año tras año 10 m3, cortando más madera de la que crece de forma natural, en dos o tres años el bosque en su parcela habrá desaparecido. La presencia en el territorio de los Agentes de Medio Ambiente en estos procedimientos era la garantía de que especies catalogadas y en peligro no fueran afectadas involuntariamente por el propietario que ejecutaba los trabajos. Ahora se expone de forma accidental o por desconocimiento a repercusiones penales por un posible delito contra la flora y la fauna.

La pérdida de la función de asesoramiento y gestión sobre las superficies forestales, a partir de ahora clasificadas como aprovechamientos agrícolas, pasará a ser en muchos casos una función sancionadora si los propietarios o explotadores de los aprovechamientos no cumplen con el resto de la normativa sectorial vigente.

A la espera de próximas delimitaciones del suelo forestal, en futuras revisiones de la cartografía de los Planes Territoriales Insulares, es previsible que con la nueva Ley se ejecuten un buen número de deforestaciones con fines no agrícolas. Bien al contrario, lo más probable es que sean por motivos puramente inmobiliarios, para conseguir apertura de vistas para chalés, clareos para facilitar la visita de compradores de fincas... con el consiguiente abandono de residuos, aumento del riesgo de incendios forestales o riesgo de plagas. Y no menos preocupante, el cambio en el paisaje forestal de las islas, uno de los activos más importantes de nuestra comunidad.

La Associació d’Agents de Medi Ambient de les Illes Balears, AFIB, estudia interponer un recurso contra determinados artículos de esta Ley Agrícola al entrar en conflicto con la Ley de Montes estatal y otras normativas sobre protección de especies y espacios naturales.

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