Asosiación Española de Agentes Forestales y MedioambientalesAsosiación Española de Agentes Forestales y Medioambientales

Fuente: APAF-Madrid

El sinsentido y la sinrazón de la Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de protección y fomento del arbolado urbano de la Comunidad de MadridTarde o temprano tenía que pasar, se veía venir. La desgracia se ha cebado con José Vélez, un pobre incauto, vecino del Escorial, al que se le ocurrió cortar de urgencia un simple fresno decrépito que amenazaba con desplomarse sobre su propia vivienda tras una tormenta. El árbol estaba en el jardín de su propia casa, en una urbanización y en casco urbano. Pero ahí estaba la Ley del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid, que acechando con su peligro sordo, le asestó por sorpresa un desproporcionado hachazo de 100.000 euros que le ha arruinado la vida y ha ocupado páginas de periódicos. Otra ley envenenada que dejó a los madrileños la simpar Esperanza Aguirre.

Los Agentes Forestales nos dedicamos, entre otras muchas cosas, a proteger diariamente los árboles, los bosques y a hacer cumplir la normativa medioambiental. Salvo para casos de fauna silvestre y para determinados individuos de árboles catalogados como ejemplares singulares, no tenemos competencias en casco urbano y nuestro ámbito de actuación queda fuera del mismo. Pero, aunque no tengamos competencias respecto al arbolado estrictamente urbano, como profesionales, no nos podemos resistir a opinar en la distancia sobre esta estrambótica cuestión.

No parece lógico que cualquier árbol ubicado en suelo urbano, tenga un nivel de protección infinitamente superior a cualquier árbol ubicado en el monte. Con la ley en la mano, es mucho más grave cortar sin autorización un abeto de navidad plantado hace 15 años en tu propio jardín del chalet adosado, que talar una gran encina en el monte. Es mucho más grave talar sin permiso un eucalipto o una simple arizónica de porte arbóreo en tu parcela por estar levantando la acera de la calle, que un gran pino silvestre en un espacio natural protegido. O es mucho más grave arrancar un ailanto (catalogado como exótico invasor) que está rompiendo el alcantarillado de tu casa, que un árbol protegido en plena naturaleza. Téngase en cuenta que para cualquiera de estos meros ejemplos (abeto, eucalipto, arizónica o ailanto) la sanción mínima por cortarlos sin pedir permiso a tu Ayuntamiento sería de 100.000 euros y la máxima de 500.000 euros según la Ley de Arbolado Urbano, sanciones impensables para los otros contraejemplos (encina, pino silvestre o árbol protegido) en terreno forestal y aplicando cualquiera de las leyes sectoriales en la materia.

Cierto es que la mayoría de la población conoce o intuye que no se puede talar o podar un árbol sin autorización en terreno forestal, en el monte, en el campo, en el medio natural o como queramos llamarlo. Pero tan cierto es también, que la gran mayoría de la población urbanita, ni se imagina que no puede cortar un árbol sin permiso en su propio jardín en la ciudad, ni siquiera los plantados por ellos mismos y es casi imposible de intuir que la broma les puede salir como mínimo por 100.000 euros. Casi nadie sabe que para ello tiene que pedir permiso a su Alcalde, ni que en caso de ser concedido el mismo, existen una serie de medidas supuestamente compensatorias, que consisten en hacer plantar al dueño del jardín, tantos árboles adultos de la misma especie como años tenga su árbol cortado, sin especificar el lugar, lo que puede también salir por un ojo de la cara e incluso resultar dañino y contraproducente para el medio ambiente. Ni que decir tiene que esta ley urbana, lejos de fomentar el arbolado, disuade seriamente de su plantación, pues a ver quién es el valiente que planta un árbol en su casa, sabiendo que tal acto prácticamente ya no tiene marcha atrás y puede salir carísimo. Tampoco cabe suponer que una poda técnicamente mal ejecutada en tu jardín te puede acarrear una sanción de entre 10.000 y 100.000 euros.

En los montes y fincas forestales madrileñas, tanto públicas como privadas, se cortan y podan a diario cientos de árboles con autorización de la Comunidad de Madrid y bajo criterios y condicionados técnicos que, informan, controlan y supervisan los agentes forestales. Ni las sanciones por no tener autorización son tan elevadas, ni se exigen medidas compensatorias a los particulares que cortan y podan cumpliendo las mencionadas autorizaciones o condicionados. Es inaudito que en un simple jardín particular urbano, sean exigibles tales permisos, medidas compensatorias y tamañas sanciones. El mundo al revés, que resulta más paradójico aún, poniendo otros sonrojantes ejemplos: cazar furtivamente un corzo tiene una sanción de 90 euros o cazar en línea de retranca aprovechando la caza que logra escapar, poniendo en serio peligro la seguridad de las personas, se sanciona con 7 euros. A estas alturas la Comunidad de Madrid todavía no tiene ley de caza y se aplica la obsoleta ley de caza estatal de 1970.

Los Agentes Forestales, no nos oponemos a que se proteja el arbolado urbano, todo lo contrario. Por supuesto que es necesaria su protección y fomento. Claro que es preciso que se requieran autorizaciones y medidas compensatorias en determinados casos. Deben matizarse, racionalizarse y graduarse los casos, las especies, los ejemplares, las edades, los lugares, las infracciones y las sanciones. Ya es hora que los Ayuntamientos, sean los primeros en dar ejemplo, qué planten árboles, qué dejen de tirar el dinero público en hacer podas drásticas e indiscriminadas que mutilan sistemáticamente el arbolado público urbano. Ya está bien de recalificaciones y obras públicas que se llevan por delante miles de árboles valiosos de verdad y que jamás se compensan ni reponen. Los mismos Ayuntamientos que incumplen la ley reiteradamente, son los encargados de hacerla cumplir a sus vecinos en sus viviendas urbanas.

La misma Esperanza Aguirre que en 2005 firmó esta irracional ley, que puede hundir la vida de cualquier pequeño propietario de un jardín en casco urbano, poco después, en 2007, intentó borrar del mapa a los Agentes Forestales, argumentando que “los propietarios de fincas forestales pueden hacer en ellas lo que les pete”. Cosas y casos de la política.

Proponemos a la actual presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, que como en ocasiones anteriores, desfaga urgentemente este otro entuerto de la Sra. Aguirre, modificando la chapucera redacción de esta Ley de Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid, para que no vuelvan a ocurrir casos como el del maltrecho vecino del Escorial y que a la vez proteja y fomente el arbolado urbano de una forma efectiva, racional y coherente.

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