Fuente: APAF-Madrid
Se nos olvida lo fundamental de un Acuerdo entre Patrón y trabajador. Un Acuerdo es un contrato de intereses en el que ambas partes entienden contenidos y satisfechos sus deseos profesionales.
El interés de la Administración de la Comunidad de Madrid, parece ser, es posibilitar el servicio del Cuerpo de Agentes Forestales durante todo el año y a todas las horas del día. Decimos, parece ser, porque la realidad vivida y sufrida hasta la fecha no concuerda con ello ni se entiende, tampoco, que ese deseo de la Administración se practique sin tener en cuenta la seguridad de los Agentes Forestales ni la realidad profesional del servicio que realizamos.
El interés de los Agentes Forestales debería entenderse en el contexto de la realización de un servicio seguro, con medios adecuados, con una programación temporal sensata y con unas prerrogativas adecuadas.
Existe, además, el interés del ciudadano de la Comunidad, que pretende un medio natural seguro y duradero en el que pueda realizar su labor profesional u ocio adecuadamente o requiera de medios de emergencia que le asistan. Y existe, el interés del propio medio natural, de su fauna y flora, de sus embalses, ríos y humedales, de sus ecosistemas y espacios naturales, que precisan de la vigilancia de los Agentes Forestales.
Todos estos intereses deben confluir en un Acuerdo que tenga a todas las partes contentas pero que se base en la realidad de un problema que existe y que hay que solucionar, el de la escasez de personal en el Cuerpo de Agentes Forestales para desarrollar el servicio que pretende la nueva Agencia de Seguridad y Emergencias de la Comunidad de Madrid.
El Acuerdo, pues, debe basar sus puntos básicos en una organización del Cuerpo determinada. Una vez establecida, debe proponer el número mínimo de Agentes Forestales necesario para realizar ese servicio total e integral que se requiere. A continuación debe establecer el calendario de incorporación de los nuevos Agentes Forestales necesarios hasta alcanzar ese número mínimo. Finalmente, fijará en cada etapa las posibilidades que pueden ir acometiéndose.
Todo lo enunciado son “variables” que pueden modificarse, debatirse y tomar decisiones sobre ellas. Sin embargo, en este Acuerdo algunas partes han decidido dar todo el protagonismo a una “constante”, las horas trabajadas, implicando al efecto a nuestra Jornada y Horario que, evidentemente, debe quedar modificada por la adición de nuevos compañeros y nuevos horarios nocturnos que descubrir pero no y nunca debe ser alterada por la suma caprichosa de horas y la aversión a esa jornada de quien maneja los cuadrantes de los Agentes Forestales.
Los Agentes Forestales trabajan las mismas horas que el resto de trabajadores públicos de la Comunidad de Madrid. Ni un minuto menos. Lo hacen, además, con turnicidad, en mañanas y tardes, y con nocturnidad, en guardias de veinticuatro horas. Los Agentes Forestales trabajan un fin de semana de cada tres y lo hacen durante once horas y cuarto cada uno de los dos días del fin de semana. Los Agentes Forestales trabajan festivos sin que exista exclusión de alguno de ellos.
Un Acuerdo debe llevar implícita una mejora de esa situación, en ningún caso un empeoramiento de la Jornada y Horario. Si la parte contratante, es decir la Administración y en su representación el Director de Emergencias, quiere jugar a las películas de los hermanos Marx, la parte contratada debe actuar con seriedad y exigencia.
Muchas son las voces que anuncian la vuelta de las 35 horas. El propio Ministro de Hacienda ha afirmado públicamente que aquellos servicios que se realizan con turnicidad y nocturnidad deben ser los primeros en aplicarse a ellas. Sin embargo, a algunos les han entrado prisas ahora cuando no las habían tenido en estos tres años anteriores y se afanan en concluir un Acuerdo engorroso, inentendible, beneficioso para el curriculum del Director y perjudicial para el desempeño laboral del Agente Forestal.
Guardias nocturnas realizadas en solitario que obligan a dar clave dos, salida hacia la emergencia, en busca de un compañero en otra comarca, lo que en numerosos casos representa más de una hora de camino. Ya no existe emergencia.
Guardias nocturnas realizadas en pareja que pretenden la salida a zonas lejanas y desconocidas por el Agente. Ni existirá inmediatez en el servicio ni el Agente Forestal podrá aportar absolutamente nada a la emergencia, salvo requerirla, si acaso.
Aumento considerable de las horas trabajadas y en horario nocturno sin prerrogativa económica adecuada. Sirva de ejemplo el Cuerpo de Bomberos que por un aumento horario de la mitad obtendrá el doble, teniendo en cuenta, además, que sus horas serán de formación y las nuestras de servicio nocturno.
Debemos hacer un ejercicio de valoración real, nosotros, nuestro colectivo y la propia Administración. Esta debe valorar su medio natural y el Cuerpo de Agentes Forestales. Nosotros, debemos valorarnos a nosotros mismos, saber qué somos y tomar conciencia, de nuevo, de nuestra capacidad y de nuestros intereses que no son otros que la defensa del medio natural de la Comunidad de Madrid y la defensa y seguridad de nuestro servicio y profesión.
Reiteramos: Se juega con las variables. Asumida por la Administración la organización actual, el Acuerdo debe ir en torno al crecimiento de plantilla, bajo la necesaria aceptación de un número mínimo de Agentes Forestales por comarca. A partir de ahí, con un calendario cerrado, que debe ser lo más corto posible, deben expresarse los esfuerzos temporales que pueden realizar los Agentes Forestales siempre que exista concordancia en las prerrogativas obtenidas y siempre que estas se consoliden. Ejemplos anteriores hay.
Desde APAF agradecemos sinceramente la convocatoria de Asamblea General que han realizado CCOO, CSIF y CSIT y animamos a todos los compañeros, asociados o no a APAF, a acudir a ella en pos de la información y del debate y sobe todo, de la defensa de nuestros intereses tanto individuales como colectivos porque unos y otros transitan en uno u otro sentido continuamente.